memoria trans
-1
archive,tag,tag-memoria-trans,tag-595,stockholm-core-2.3,select-theme-ver-8.9,ajax_fade,page_not_loaded,menu-animation-underline-bottom,header_top_hide_on_mobile,,qode_menu_,wpb-js-composer js-comp-ver-6.6.0,vc_responsive
  • Sort Blog:
  • All
  • Adolescencia
  • Asexualidad
  • Asexualitatea
  • Bisexualidad
  • Bisexualitatea
  • Colectivos
  • Derechos Humanos
  • Drag
  • Efemerideak
  • Efemérides
  • Estereotipoak
  • Estereotipos
  • Feminismo
  • Feminismoa
  • Giza Eskubideak
  • Gizartea
  • Haurtzaroa
  • Homosexualidad
  • Homosexualitatea
  • Infancia
  • Información Jurídica
  • Informazio Juridikoa
  • Intersexualidad
  • Intersexualitatea
  • Kolektiboak
  • Legea
  • Lesbianismo
  • Lesbianismoa
  • LGTBIfobia
  • Memoria histórica
  • Memoria Historikoa
  • Nafarroa
  • Navarra
  • Nerabezaroa
  • Osasun sexuala
  • Pansexualidad
  • Pansexualitatea
  • Salud sexual
  • Servicios
  • Sexherbesteratzea
  • Sexilio
  • Sexología
  • Sociedad
  • Transexualidad
  • Transexualitatea
  • Vejez
  • Zahartzaroa
  • Zerbitzuak

Memoria Trans – Ley Trans

Cada 20 de noviembre se celebra la Memoria Trans, la Conmemoración de las victimas de la Transfobia y Derechos de la infancia. El actual momento y contexto socio político nos ha llevado a escribir sobre la Ley estatal en materia de derechos LGTBI+ en general, y TRANS en particular, debido a la polémica que está generando su aprobación.

Quien se haya molestado en leer el proyecto de la mal llamada “Ley Trans” se habrá percatado que su contenido es mucho más amplio de lo que se comenta, casi en exclusiva, en los medios de comunicación y redes sociales. Empezando por el título: “Proyecto de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI”. Nadie habla, por ejemplo, de las medidas que propone para promover la igualdad y combatir la discriminación que sufren las personas lesbianas, gais, transexuales, bisexuales e intersexuales. Queremos suponer que sí lo habrán hecho los partidos políticos que presentaron enmiendas a la totalidad, de donde sólo cabe deducir que se oponen también a la adopción de medidas para garantizar los derechos y la no discriminación de todas esas personas.

Es evidente que algunas voces contrarias, las más exaltadas, no han entendido que el proyecto de ley no legisla sobre el proceso médico para hacer el cambio físico de las personas trans, sino para hacer el cambio registral de nombre y mención al sexo. La transición física está regulada por las comunidades autónomas en sus respectivas legislaciones, y la aprobación de esta nueva ley estatal no supone una modificación de esas competencias en absoluto.

El estado esta legislando sobre una materia de su competencia exclusiva, cual es la regulación del Registro Civil. Y no debe olvidarse que el Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley 3/2007, que permitía sólo este cambio a las personas mayores de edad, por resultar discriminatorio para las menores. Por tanto, la ley debe ser modificada necesariamente en ese sentido.

Con la ley actualmente vigente, los cambios registrales de nombre y mención al sexo exigen un diagnóstico de disforia de género y acreditar dos años de tratamiento médico o psicológico. Escuchamos voces de alarma porque se hormona a adolescentes, y lo que la ley pretende, precisamente, es evitar que una persona tenga que pasar por un tratamiento o un quirófano para poder utilizar un nombre conforme a su identidad sexual. Hay personas trans que no desean realizar sino una transición social, que le permita desarrollar su vida conforme a su identidad sexual en todos los ámbitos, y a día de hoy no pueden hacerlo.

Luego están determinados colectivos de profesionales de la medicina o la psicología, que se oponen a la prohibición legal de terapias de conversión, alegando que detrás de las y los adolescentes que acuden a las Unidades de Identidad Sexual y de Género pueden subyacer otros problemas psicológicos o de adaptación, cuyo adecuado tratamiento haría desvanecer la supuesta disforia de género. Rechazan también la hormonación de personas menores, ignorando informes como el de la Asociación Mundial de Profesionales para la Salud Transgénero (WPATH) que recomiendan que estos tratamientos comiencen a prescribirse tras empezar los cambios de la pubertad.

https://www.wpath.org/media/cms/Documents/SOC%20v7/SOC%20V7_Spanish.pdf

Los citados colectivos de profesionales, que pontifican sobre el tema haciendo alarde de autoridad científica y por tanto objetiva, enmascaran en algunos casos un trasfondo ideológico, ético o religioso determinado, y en todos un profundo desconocimiento del funcionamiento de las Unidades para la atención a personas transexuales, transgénero e intersexuales como Transbide en Navarra o Transit en Cataluñya, atendido por profesionales de la Psicología Clínica en primer término, – muy capaces de detectar un problema psicológico de otro tipo si lo hubiera-, además de personal médico especializado en Endocrinología, Pediatria, Ginecología, Urología-Andrología, etc.

Estos argumentos “científicos” son acogidos con entusiasmo por agrupaciones de madres de niñas con disforia de género acelerada (fenómeno cuya existencia misma ha sido rebatida recientemente por un Estudio de la Schulich Medicine & Dentistry, escuela de medicina de la Western University en Canadá, que concluye que no encontró nada en su análisis que respalde que la supuesta DGIR sea un fenómeno clínico real).

https://pubmed.ncbi.nlm.nih.gov/34793826/

Es comprensible el vértigo que puedan sentir las madres ante una realidad que sus hijas e hijos les manifiestan, que no comprenden ni están dispuestas a aceptar sin oponerse antes con todas sus fuerzas. De ahí que propugnen ser las únicas que puedan decidir hasta la mayoría de edad, sin interferencias legales de ningún tipo, ya que según sus propias palabras “quién mejor que unos padres saben lo que más conviene a su hija”. Exactamente lo mismo pueden decir las personas de determinadas confesiones ultrareligiosas ante un hija o hijo que les confiese su homosexualidad, para defender las terapias de conversión para “curarle” sin que absolutamente nadie pueda interferir.

En la desmesurada actividad de estas agrupaciones en redes sociales y charlas con la que difunden su reivindicación, utilizan datos tergiversados, o directamente falsos, como que las Unidades de Género comienzan a administrar hormonas desde la primera consulta, o que hay un 85 % de desistimiento entre los jóvenes que iniciaron un tratamiento hormonal en la adolescencia (La Unidad de Identidad de Género (UIG) de la UMC de Ámsterdam, referente mundial en todos los aspectos de la medicina transgénero, publicó un estudio en la revista científica The Lancet Child & Adolescent Health según el cual, el 98 % de los adolescentes trans que iniciaron el tratamiento hormonal en la adolescencia lo continuaban en la edad adulta).
https://www.thelancet.com/journals/lanchi/article/PIIS2352-4642(22)00254-1/fulltext

Es evidente que el peso de todo lo mencionado, el revuelo mediático creado, los mensajes tergiversados en nombre de la ciencia y ataque constante a los derechos de las personas LGTBI+ está perjudicando el ánimo de quienes viven esta situación en primera persona, dado que su realidad está siendo puesta en tela de juicio constantemente. Esperamos que la aprobación de la Ley zanje la polémica y sirva para homenajear y recordar también a las víctimas de la transfobia. Gracias por existir.

Loading new posts...
No more posts